EQUILIBRIO DE PODERES
El Estado colombiano, siendo un Estado Social de Derecho, tiene como finalidad esencial asegurar la libertad de todos sus habitantes y el correcto ejercicio de su soberanía dentro de un marco de democracia participativa y pluralista.
Es evidente que la concentración del poder conlleva a la tiranía y a la opresión, además de que un gobierno sin límites aplasta toda filosofía de libertad personal y colectiva de los pueblos y, a su vez, retarda el progreso de éstos. Es por eso que, en aras del cumplimiento de sus fines, el Estado adopta en su ejercicio del poder la teoría de separación de poderes en tres ramas, la Rama Legislativa, la Rama Ejecutiva y la Rama Judicial; esta separación está basada en la necesidad de que existan contrapesos y equilibrios entre ellas, dicho de otra manera, un balance entre las distintas ramas del poder, para que por medio de los controles entre unos y otros, se preserve la igualdad de derechos propia de una democracia, mediante la distribución de responsabilidades y funciones, evitando así las lealtades hacia los intereses de alguna de las partes. Además, permite, por un lado, limitar el alcance del poder que ejerce cada órgano y, de esta manera, prevenir su indebida injerencia sobre la actividad de los demás, garantizando el goce efectivo de una mayor libertad y, por otro lado, asegurar que los diversos órganos desarrollen un mayor grado de especialización institucional y les den un manejo más técnico a sus funciones. Dicho balance es un resultado que se realiza y se reafirma continuamente, mediante el control político, la intervención de unos órganos en las tareas correspondientes a otros y las relaciones de colaboración entre las distintas ramas del poder público en el ejercicio de sus competencias. En otras palabras, cada órgano tiene la posibilidad de condicionar y controlar a los otros en el ejercicio de sus respectivas funciones, en procura de su recíproca armonía y, ante todo, el afianzamiento de la moderación en el ejercicio del poder.
Dentro del tema en cuestión, es importante mencionar que, en su teoría de la separación de los poderes del Estado, Montesquieu sostiene que la distribución jurídica de las funciones ejecutiva, legislativa y judicial sólo podrá limitar el uso arbitrario del poder y salvaguardar la libertad y los derechos de los ciudadanos, si se combina con otro principio basado en su distribución social.
Podemos concluir entonces que, con la separación de poderes se busca, más allá que un equilibrio, la gobernabilidad y el buen desempeño de las atribuciones comprendida por los diferentes poderes que forman una nación o un país, tomando como principio que la división de poderes está expuesta como una teoría política necesaria para combatir el absolutismo y establecer un gobierno de garantías y, a su vez, se ha convertido en el principio básico de la organización de los Estados constitucionales modernos. Esta división de poderes implica la separación de los órganos del Estado en tres grupos o ramas del poder, cada una de las cuales está constituida en forma que los diversos elementos que la integran guarden entre sí la unidad que les da el carácter de poderes. Así, entonces, la separación de poderes impone la distribución de funciones entre cada uno de ellos, de tal manera que cada uno tenga atribuida exclusivamente su función primordial. De ese modo, ninguno podrá ejercer la totalidad del poder ni atraer hacia sí las funciones encomendadas a las otras ramas del poder público, lo que evita, tanto la concentración como el riesgo de arbitrariedad inherente a ella y, simultáneamente, estimula un ejercicio del poder limitado a las competencias de cada órgano, sometiendo a controles recíprocos orientados a prevenir y sancionar los eventuales desbordamientos. Cabe destacar que, en ningún caso pueden existir acciones que representen la invasión del ámbito competencial confiado a alguno de ellos, ni significar desplazamiento, subordinación o reducción de un órgano a la condición de simple instrumento de los designios de otro; logrando de esta manera, obtener mayor eficiencia en el desarrollo de las funciones a través de las cuales el Estado atiende a la satisfacción de sus fines y, principalmente, garantiza un ambiente de libertad y sana convivencia para las personas.
Por su parte, el gobierno de turno se encuentra altamente beneficiado por esta separación, ya que, al no existir lealtades hacia intereses particulares, los diversos órganos que conforman las tres ramas, mediante la mutua cooperación, pueden generar acciones para el correcto cumplimiento de los objetivos o planes de gobierno y lograr el bienestar social de toda la población bajo su mando.
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